LO QUE DEBES SABER SOBRE EL ARRENDAMIENTO

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El contrato de arrendamiento se puede realizar de manera escrita o verbal. Sin embargo, siempre es recomendable realizarlo por escrito.

En el caso de que el contrato sea verbal, se debe probar mediante comprobantes de pago el valor de arriendo, mientras que, en el caso de un contrato escrito las estipulaciones de este serán una ley para los contratantes, de modo que debe respetarse lo pactado antes de aplicar la normativa general de nuestro ordenamiento jurídico. Por lo tanto, frente a cualquier incumplimiento contractual, debe estarse a las sanciones y estipulaciones que establecieron las partes, en todo lo que no sea contrario a derecho y luego se puede aplicar la normativa común.

Así, frente a incumplimientos en el pago de las rentas de arrendamiento, la Ley “devuélveme mi casa” viene a introducir una serie de medidas que facilitan el desalojar a aquellos arrendatarios que no cumplan con su obligación de pagar el arriendo.

De este modo, a través de un procedimiento judicial monitorio se puede reclamar el pago de las rentas, cuentas de consumo de servicios básicos y también obtener la restitución de la propiedad, en un procedimiento judicial más corto que lo que existía anteriormente en nuestra normativa.